Abad celebró la sanción de la Ley que regula honorarios de abogados

En la sesión llevada a cabo ayer jueves, la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires convirtió en Ley un proyecto que regula los honorarios de abogados y procuradores, aggiornando una norma que rige desde el año 1977. El Diputado, Maximiliano Abad, celebró la sanción expresando que “se tuvieron en cuenta las necesidades actuales, después de las variaciones sociales, tecnológicas y económicas sufridas durante todos estos años”.

Además, el Legislador destacó “el trabajo realizado por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires”, en cuanto a que “recogieron la experiencia jurisprudencial y práctica de los abogados durante estos 38 años”. Por su parte también, la nueva Ley establece la naturaleza alimentaria de los honorarios profesionales, ratifica el carácter de orden público de los mínimos arancelarios, puntualiza la autonomía de la Provincia de Buenos Aires en esta materia, señala que el abogado es un actor indispensable para el adecuado servicio de justicia y que dichos honorarios serán, a partir de ahora, regulados en la moneda JUS a fin de evitar las distorsiones provocadas por la inflación.

Cabe aclarar que el JUS arancelario, en tanto, se calculará sobre la totalidad de los conceptos que integran la remuneración percibida por un juez de primera instancia con 15 años de antigüedad. Así también, el nuevo régimen modifica el sistema de pactos y convenios, alcanzándose ahora a materias antes excluidas, incorpora aranceles a materias antes no reguladas propias del derecho de familia vigente, el proceso penal y el contencioso administrativo, agiliza los sistemas de notificaciones y clarifica las cuestiones atinentes a la mora y a los intereses moratorios.

Por otra parte, sanciona con nulidad los autos regulatorios que no se funden circunstanciadamente en las normas de la Ley, limita la discrecionalidad judicial en la creación de bases regulatorias alejadas de los reales intereses económicos debatidos, e incorpora como causa de destitución en los términos de la Ley de enjuiciamiento, la violación de los mínimos arancelarios por parte de los jueces.

Sobre esto, el Diputado Abad concluyó; “Esta Ley que regula la remuneración del trabajo del abogado tuvo en cuenta varios puntos no previstos o circunstancias que no existían cuando la norma actual entró en vigencia y que era absolutamente necesario modificarla de acuerdo a los tiempos actuales”.