Multarán a las empresas que tarden más de media hora en atender a sus clientes

El proyecto aprobado ayer, y que ahora deberá ser sancionado por la Cámara de Diputados de la Provincia para ser Ley, establece que las entidades financieras y empresas prestatarias de servicios públicos, deberán garantizarle a sus clientes que el tiempo de espera para ser atendido en caja, no superará los 30 minutos. Y a tal efecto prevé que la reglamentación establecerá los mecanismos tendientes al cumplimiento de la misma.

Según el texto de la iniciativa, los infractores serán sancionados con multa, cuyo monto será graduado por la autoridad de aplicación de acuerdo con la gravedad de la infracción, y que oscilarán entre los cinco mil ($ 5.000) y cincuenta mil ($50.000) pesos. En caso de reincidencia se aplicará multa equivalente al doble establecido por la autoridad de aplicación.

Los fondos que provengan de infracciones a la presente ley serán destinados a la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires.

“Este proyecto de ley –señaló De Leo-, tiene como principal objetivo que las entidades bancarias y empresas prestatarias de servicios públicos brinden una mejor atención y trato digno a los usuarios y en un tiempo de espera que resulte razonable”.

“La optimización del tiempo es una cuestión que reviste gran importancia en el mundo que nos toca vivir. Siempre hay demasiado por hacer, y la sensación de que el tiempo nunca es suficiente”, agregó el senador de Cambiemos.

La presente iniciativa tiene plena aplicación en las provincias de Misiones, Neuquén, Chaco y CABA, en cuyos estados rige una norma similar a la propuesta. Y se fundamenta en el art. 42 de la Carta Magna, en los art. 1097 y 1098 del nuevo Código Civil, y en el art. 38 de la Constitución Provincial, que versan sobre los derechos de usuarios y consumidores, y los contratos de consumo.