La resolución judicial desestimó el planteo y ratificó la validez de la decisión adoptada por los órganos partidarios. La convocatoria a elecciones fue aprobada por el Comité y la Convención de Contingencia con quórum y mayoría, en el marco de las facultades que establece la Carta Orgánica.
Tal como sostienen numerosos antecedentes, la Justicia Electoral interviene de manera muy limitada en la vida interna de los partidos, especialmente cuando se trata de discusiones interpretativas sobre normas partidarias y no de violaciones al orden legal electoral.
El fallo deja en evidencia la debilidad del planteo judicial, que en realidad buscaba frenar el proceso de normalización institucional del radicalismo bonaerense.
La renovación de autoridades mediante el voto de los afiliados es el camino para fortalecer al partido y construir una hoja de ruta política hacia el futuro.