Massismo apura el proyecto para “penar con multas” a quienes difunden imágenes sin consentimiento.

El proyecto busca incorporar al Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires nuevas sanciones relacionadas con conductas digitales que afectan la integridad de las personas, como el acoso, la suplantación de identidad y la difusión de material íntimo sin consentimiento. La difusión de material íntimo, como fotos y videos, se vincula con el uso indebido de material editado, por lo que guarda relación con el problema creciente de la IA.

En medio de la conmoción por el suicidio de una adolescente de 16 años que se quitó la vida luego de que un ex novio difundiera un video íntimo a un grupo de WhatsApp integrado por compañeros del curso, desde la Cámara de Diputados de la Provincia se busca el tratamiento urgente del proyecto para abordar la problemática que tiene como víctimas a niñas y adolescentes.

Cabe mencionar que el hostigamiento digital no se encuentra tipificado como delito en el Código Penal por lo que incorporarlas como contravenciones en el Código de Faltas (Decreto - Ley 8031/73) supone prevenir y sancionar adecuadamente.

Entre sus fundamentos, la norma guarda estrecha relación con la Ley Nacional Olimpia 27.736, que regula la violencia digital de género, y subraya la importancia de prevenir el mal uso de las tecnologías de la información, protegiendo los derechos de las mujeres en entornos digitales incorporando en su texto "que se respete su dignidad, reputación, e identidad, incluso en los espacios digitales".

Al respecto, Luciana Padulo dijo: Como sociedad necesitamos con urgencia una herramienta concreta que le ponga freno al hostigamiento que sufren nuestros jovenes en las redes, y no hay mas tiempo que perder.

En un mundo, como el digital, en donde no hemos sido capaces de diseñar reglas claras, pasan cosas horrendas como esta.