La legislación vigente –Ley 10.430 – establece solo 3 días, consultada la Legisladora Albertina destacó “La igualdad de condiciones en responsabilidades y obligaciones se da en el mundo intrafamiliar pero para la legislación laboral vigente existe una clara desigualdad entre los varones y las mujeres. La Ley 10.430 establece en su artículo 44 que el padre tendrá derecho a una licencia de tres (3) días por nacimiento de su hijo, de esta manera desoye las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) donde sugiere incorporar normas progresivas que garanticen la igualdad de los trabajadores”. En otra parte de los fundamentos del proyecto Medici continúa defendiendo su posición de llegar en forma escalonada a la igualdad de licencia entre el varón y la mujer en un término de 9 años “Este proyecto de Ley lleva el espíritu de la equiparación de varones y mujeres en la asunción de responsabilidades compartidas en el ámbito doméstico y del cuidado de los hijos recién nacidos, de esta manera se consagra un derecho de los niños a ser cuidados por ambos padres en sus primeros meses de vida y de los padres a compartir esa hermosa etapa”. El proyecto establece que una vez sancionada la Ley la licencia será de 15 días, a los 3 años de la sanción 30 días, a los 6 años de 45 días y a los 9 años establece la igual con el personal femenino.