El Presidente Alberto Fernández habló en cadena nacional y decretó la cuarentena obligatoria como "aislamiento preventivo"

A través de un Decreto Nacional Universal, el Presidente de la Nación, Alberto Fernández, dispuso una cuarentena obligatoria y en virtud de que todos los ciudadanos argentinos cumplan un "aislamiento preventivo" para evitar la propagación del Coronavirus.

 

Las medidas que establece el DNU, son:


* Nadie podrá entrar ni salir del país por ningún medio, ya sea autos, colectivos, trenes o aviones.

*Los almacenes, supermercados, farmacias y negocios de cercanía estarán abiertos.

* En esos lugares, quienes concurran deberán recordar guardar las distancias mínimas.

*Los bancos durante la cuarentena no estarán abiertos para la atención presencial, pero habrá carga de dinero en los cajeros y se podrá operar de manera online.

* La circulación estará restringida tanto en las rutas nacionales como dentro de las ciudades de todo el país.

* Sólo se permitirán traslados por cuestiones excepcionales, además de toda la circulación que continuará para garantizar la producción imprescindible, el abastecimiento, los servicios de salud y todos los servicios esenciales.

*La Prefectura, la Gendarmería, la Policía Federal y las Policías provinciales controlarán el cumplimiento del aislamiento.

* Aquellas personas que circulen por la calle deberán justificar el motivo. De lo contrario, habrá sanciones inflexibles para quienes incumplan el aislamiento, que serán las que dispone el Código Penal.

* Se mantendrá el transporte público de pasajeros sólo para uso de quienes están exceptuados de cumplir el aislamiento.

* Los cajeros electrónicos de los bancos estarán en funcionamiento y también habrá traslado de caudales.

* Será desalentado el traslado en automóviles y la circulación por la vía pública.

* Están exceptuadas del aislamiento las personas que trabajan en sectores de Salud, seguridad, Defensa, migraciones, bomberos, autoridades superiores del Estado, Justicia y diplomáticos.

* También podrán circular las personas que asistan a otras personas, o que trabajen en comedores escolares, comunitarios y merenderos. También los que cumplan tareas en servicios de comunicación audiovisual, industrias de alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, lavandería, petróleo, obra pública, transporte público urbano, recolección de residuos, servicios públicos básicos, transporte de carga, estaciones de servicios, servicios postales y cajero automático.