Ante esta situación, debemos prestar especial atención al habeas corpus presentado por el juez Mario Juliano que detectó, en lo que va de 2019, 600 requisas policiales realizadas a jóvenes de Necochea, Lobería y San Cayetano. El 85% de esos procedimientos habría correspondido a tenencia para consumo personal. El magistrado estimó que la apertura de cada una de estas causas implica una inversión de no menos $10.000 y terminan en el archivo.
El 25 de agosto se cumplen 10 años del denominado fallo Arriola, que significó un antes y un después en lo que se refiere a los límites que debería respetar el Estado en lo que se refiere al tratamiento de personas que consumen drogas ilegales. En la mencionada sentencia, el máximo tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 14 (segundo párrafo) de la Ley N°23.737 que castiga con multas económicas y penas de un mes a dos años de prisión a aquellos consumidores que tiene en su poder escasa cantidad de estupefacientes para uso personal.
El caso Arriola comenzó en Rosario, el 19 de enero de 2006, cuando la policía allanó una casa donde supuestamente se vendía droga y detuvo a un grupo de personas, que posteriormente terminaron siendo condenadas a prisión. A unas cuadras de esa vivienda, la policía también arrestó a algunos jóvenes que llevaban entre uno y tres cigarrillos de marihuana cada uno de ellos. Meses más tarde, fueron condenados a cumplir distintas medidas educativas y apelaron.
Tras pasar por distintas instancias judiciales, el caso llegó hasta la Corte. El máximo tribunal estableció que el consumo de estupefacientes en el ámbito privado sin ostentación a terceros está protegido por el artículo 19 de la Constitución Nacional. Entre otros aspectos, se tuvo en cuenta que la cantidad de marihuana incautada era mínima y que los consumidores no presentaban síntomas de adicción.
Al margen de las cuestiones puntuales de los actores involucrados, la Corte Suprema en su fallo sentó las bases para reemplazar el viejo paradigma en donde para atacar el narcotráfico necesariamente se debía atacar al consumidor, abarrotando los juzgados de causas judiciales y malgastando los esfuerzos del Estado.
El fallo Arriola constituye un invalorable precedente que debería servir para el diseño de un nuevo marco normativo y de renovadas políticas públicas que apunten a combatir el narcotráfico y prevenir las adicciones, la realidad nos muestra muy pocos avances en ese sentido en Argentina.
A contramano del espíritu del fallo Arriola, en los tribunales federales se registraron, entre 2017 y 2018, un aumento del 23% en las causas vinculadas con la tenencia de estupefacientes para consumo personal, arrojando un promedio de 22 expedientes iniciados cada 24 horas.
¿Qué ocurre en la provincia de Buenos Aires?
En territorio bonaerense, en los últimos cinco años, se registró un aumento del 110% en el número de las instrucciones penales preparatorias vinculadas a la violación a la Ley de Estupefacientes. En el periodo 2017-2018, el incremento fue del 33%. De ese total, una de cada cuatro causas, tiene que ver con tenencia para consumo personal.
Necochea es el departamento judicial donde este tipo de causas penales representan mayor porcentaje, seguido por San Nicolás, Trenque Lauquén y Azul.