Circula la Ley que modifica el régimen jubilatorio en los empleados del BAPRO

El gobierno de la Provincia de Buenos Aires realizó modificaciones a la Ley 15.008, sancionada en diciembre pasado y que establece que "tendrá derecho a la jubilación ordinaria el afiliado que posea 35 años de servicios prestados, como mínimo, y que hubiera 65 años de edad.

Ahora, la aplicación de la nueva edad para jubilarse se realizará gradualmente con la siguiente escala; 61 años en 2020 y 2021; 62 años en 2022 y 2023; 63 años en 2024 y 2025; 64 años en 2026 y 2027, y 65 años desde 2028.

Con estas modificaciones realizadas por el Poder Ejecutivo, la gobernadora María Eugenia Vidal pretende reducir el déficit que tiene la Caja de Jubilaciones del Banco Provincia, previsto para el año próximo en unos 6.000 millones de pesos.

Además, modifica la tasa de sustitución, es decir el porcentaje del sueldo activo que percibe un jubilado al bajarlo del 82 al 70%,  con lo que lo "iguala con el resto de los empleados bancarios", conforme a lo precisado en el recinto por Diputado por Cambiemos, Marcelo Daletto.

Asimismo, se establece también que para el haber inicial se tomará el promedio de los últimos 10 años de sueldo y que la movilidad jubilatoria no será por variación salarial sino por el índice votado en diciembre por el Congreso de la Nación para el resto de los jubilados.

Siendo esto, los aumentos serán trimestrales en lugar de semestrales, y se calcularán con una combinación del 70% de la inflación y el 30% del Ripte, que es el aumento salarial de los trabajadores del sector formal.