Revés judicial para el sindicato de estatales porteños

En los fundamentos se explica que, “atento a que la Junta Electoral no ha ajustado su comportamiento y decisión a la norma estatutaria que ella misma cita, importando ese apartamiento un claro cercenamiento a la garantía de democracia y libertad sindical de la parte actora”, y se corrobora posteriormente al explicar que “en definitiva se hallaron afectados los más elementales principios democráticos y de transparencia sindical”.

Luego de lo dictado por la justicia lo que está claro que el sindicato en cuestión deberá convocar a elecciones a la brevedad, es más al final de lo dictaminado se explica, “Que la nulidad decretada precedentemente respecto del Acta Nro. 18 de la Junta electoral 2021-2025, y resoluciones anteriores de fecha 04-10-2021 y 05-10-2021 acarrea inexorablemente la nulidad del proceso electoral sustanciado con fecha 26 de noviembre del 2021, en tanto las elecciones fueron realizadas sin la participación de la LISTA CELESTE la cual fue tenida ilegítimamente por desistida. Por ello corresponde ordenar a la Junta Electoral proceda dentro del plazo de quince días (15) a la realización de un nuevo proceso electoral con la participación de la LISTA CELESTE y la LISTA MOVIMIENTO UNIFICADO AZUL Y BLANCO”